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    Presidente de la Comunidad

    Cargo obligatorio en toda comunidad de propietarios, elegido entre los propietarios en la junta. Ostenta la representación legal de la comunidad en juicio y fuera de él, convoca las juntas y ejecuta los acuerdos adoptados. El cargo es rotatorio y obligatorio, aunque se puede solicitar exención por causa justificada ante el juez.

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