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    Impugnación de Acuerdos

    Acción judicial que permite a un propietario solicitar la anulación de un acuerdo adoptado en junta de propietarios. Procede cuando el acuerdo es contrario a la ley o los estatutos, resulta gravemente perjudicial para la comunidad, o perjudica a un propietario sin causa justificada. El plazo para impugnar es de 3 meses desde la notificación del acta (1 año si es contrario a la ley).

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